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Planificador anual de remates judiciales en Costa Rica. Esta es una herramienta que CASAS EN REMATES S.A. Pone a su disposición para que, desde la comodidad de tu casa u oficina, seleccione y organice las propiedades de su interés. Es un planificador anual del remate, en donde están todas las propiedades anunciadas para remate que hasta el momento se han anunciado en el Boletín Judicial ordenado por día, hora, y mes. En ellas también encontrarás el monto de la base, lugar donde se remata, y características y ubicación de la propiedad. Esta es una herramienta que te ayudará a organizar tus propiedades de interés desde la comodidad de tu casa de habitación o la comodidad de tu oficina y es gratuita Ver Aquí>>>

Guía práctica para participar en un remate Judiciales o subasta pública en Costa Rica, a título personal. Esta guía, te guiará hasta tu casa propia a mitad de precio ¿Qué es lo que tengo que hacer para participar en un Remate judicial? Antes, durante y después. En esto de los remates o subastas no todo lo que brilla es oro, es importante tomar las precauciones del caso no se precipite ni se deje llevar por la emoción, que en esto te puede traicionar, lee esta guía con cuidado. Tenemos que tener en cuenta que los remates judiciales son públicos, esto quiere decir que todos el que tenga el dinero y quiera, puede participar en el mismo. Clic en la Imagen para entrar. Leer Guía >>>

Informe estadístico de las propiedades anunciadas para remate, del año 2020
En total en estos doce meses del año 2020, se anunciaron según el boletín judicial, un total de 6.097 propiedades para remate. Esto es un promedio de 23,9 propiedades anunciadas para remates por día, en estos 255 días hábiles del año 2020. El desempleo y la falta de oportunidades puede ser la causa de este incremento. Seguir Leyendo>>>
Informe estadístico de las propiedades anunciadas para remate, del año 2021. Para este pasado mes de enero del año 2021, fueron anunciadas para remate, 595 propiedades. El mencionado mes, cuenta con tan solo 20 días hábiles, ya que por las fiestas de fin de año los juzgados iniciaron labores el 4 de enero del año 2021. Entonces; si tomamos 595 propiedades anunciadas, y lo dividimos entre 20, que son los días hábiles de enero, esto nos da un total de 29,75 propiedades anunciadas por día. Seguir Leyendo >>>
¿Cuál es el propósito de las Sociedades Anónimas solidarias?
El propósito de las sociedades anónimas solidarias es, unir entre dos o más personas físicas, su capital económicos pequeños para convertirse en una persona jurídica con capital económico con poder de inversiones rentables. Con esta fusión de personas de capital menor, se logra el objetivo de convertirse en un inversionista de capital mayor, con las mismas utilidades, ganancias o rendimiento de los mismos.
¿Por qué, ser parte de las sociedades anónimas solidarias?
Porque hay, una gran cantidad de personas en Costa Rica, que por alguna razón administran un monto económico, pequeño o mediano, con el cual las posibilidades de invertir para tener rendimientos o ganancias mejores del mismo son totalmente escasa. No hay, posibilidad de que estas personas con capitales menores, tengan derecho o igual de condiciones y de oportunidad de inversión, para tener los mismos beneficios en ganancias o retornos, de las personas con capitales mayores. Precisamente porque el producto en que el segundo grupo invierte, es de montos altos, dejando sin oportunidad al primer grupo que administra montos bajos. Seguir leyendo>>>
Vamos a ver que es lo que dice el Código Procesal Civil, con relación a los remates concretamente. ARTÍCULO 157.- Actos preparatorios del remate
157.1 Concurrencia de acreedores sobre el mismo bien. Todos los acreedores embargantes o con garantía real deberán gestionar el pago de sus créditos, en el proceso en el cual se haya efectuado primero la publicación del edicto de remate del bien que les sirve de garantía. Si se planteara una nueva ejecución sobre el mismo bien, el tribunal ordenará suspender el proceso nuevo tan pronto llegue a su conocimiento la existencia de la ejecución anterior. Todos los acreedores apersonados, inclusive los embargantes que hayan obtenido resolución ordenando el remate, podrán impulsar el procedimiento. 157.2 Solicitud de remate. Con la primera solicitud de remate, el ejecutante deberá acreditar los gravámenes, los embargos y las anotaciones que pesen sobre los bienes. Esa documentación no se requerirá para posteriores solicitudes; no obstante, el ejecutado o cualquier interesado podrá demostrar al tribunal cualquier modificación. Seguir leyendo>>>
